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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1768
FERROVIARIOS, EFECTOS DE LA SOLICITUD DE JUBILACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1768
El hecho de que un trabajador solicite de la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, el reconocimiento y declaración en su favor, de ser jubilado, implica el ejercicio de ese mismo derecho, es decir, la manifestación expresa de su voluntad de no continuar prestando sus servicios, acogiéndose al beneficio del pago de su pensión de retiro, sin que esta declaración signifique en manera alguna, que los empleados que estuvieren en condiciones de demostrar que han satisfecho los requisitos exigidos por el contrato para su jubilación, estén obligados a solicitarla y, por consiguiente, a ser retirados del servicio, ya que se considera optativo para los trabajadores, el continuar en el servicio o hacer uso del derecho a su jubilación mediante la solicitud respectiva; además, los empleados que, no obstante haber obtenido el reconocimiento de sus derechos para ser jubilados, si continúan prestando sus servicios perjudican a sus compañeros que podrían ascender, en virtud de sus derechos de escalafón y a medida que se fueran presentando las vacantes respectivas, así como también perjudican al sindicato contratante, pues, separándose a los jubilados, entrarían nuevos elementos de ésta para desempeñar el trabajo de aquéllos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6382/34. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de octubre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Salomón González Blanco.
Quinta Epoca:
Tomo XLVI, página 6429. Indice Alfabético. Amparo en revisión 5815/34. Serrano Francisco y coagraviados. 23 de octubre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y Xavier Icaza. La publicación no menciona el nombre del ponente.