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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1898
AMPARO, PROCEDIMIENTO EN EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1898
El Juez del amparo obra legalmente si no toma en consideración en una sentencia, una copia certificada en la que se contiene los artículos 69 y 744 del contrato colectivo de trabajo, celebrado entre la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México y sus trabajadores, debido a que el escrito respectivo con el que fue acompañada la citada copia certificada, se recibió en la secretaría del juzgado, después de la celebración de la audiencia.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 812/35. Ferrocarriles Nacionales de México. 24 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Iñárritu.