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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2365
CONTRATO DE TRABAJO, INEXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2365
Mientras no se decida en definitiva, una controversia suscitada con motivo de la propiedad de un inmueble, un trabajador no podrá determinar contra quien endereza su demanda ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, puesto que, precisamente por el litigio existente no se sabe quien deberá responder a la obligación que se reclama y estará en lo justo una Junta al no condenar a la parte demandada, aunque en el laudo exprese que deja a salvo los derechos del trabajador, para que los ejercite posteriormente, y si contra este fallo se pide amparo, deberá negarse; pues el trabajador pudo haber dirigido su acción contra el depositario del inmueble, quien posee a nombre del que venza en el juicio.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4261/35. González Aurelia. 29 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.