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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2512
FERROVIARIOS, DISCUSION SOBRE LA ANTIGÜEDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2512
Si un laudo se concreta a condenar a la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, a reinstalar a un trabajador en determinado puesto, sin que en dicho laudo se haga declaración alguna respecto de los derechos de otro trabajador, que se presenta como tercero interesado en el conflicto que aquel promovió, ni aparece que el laudo reclamado prive a este último de sus derechos, y además, de los términos del propio laudo consta que la misma Junta tuvo por acreditado que los derechos de antigüedad del primer trabajador eran anteriores, correspondiéndolo, por lo tanto, preferencia para ocupar el puesto que reclama, al hacer la Junta esa apreciación, teniendo en cuenta los escalafones relativos a los dos trabajadores, escalafones que presenta la propia empresa como parte de sus pruebas, no comete violación legal alguna.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2215/32. Rodríguez Francisco P. 30 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos Relator: Xavier Icaza.