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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3289
LAUDOS, MATERIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3289
Si no aparece en autos constancia alguna relativa a que se hubiese presentado escrito o hecho promoción alguna, recusando a uno de los miembros de la Junta de Conciliación y Arbitraje, no hay razón para afirmar que la misma Junta se negara a darle curso a la referida solicitud de recusación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5013/35. Neyry Arpad. 11 de noviembre de 1935. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Octavio M. Trigo.