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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3292
PORTEROS, SALARIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3292
No puede decirse que una Junta viola las garantías del reclamante si, al fijar el salario del mismo, como portero, toma en consideración el valor de la casa donde aquél presta sus servicios y el monto de los productos de la misma, y menos cuando, por las características del contrato de portería, el salario que devengan los porteros, no es la única fuente de ingresos con que cuentan para atender a sus necesidades .
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3278/35. López Orozco Agustín y coag. 11 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.