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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3343
JUNTAS, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3343
Si se alega que en virtud de la soberanía de que gozan los tribunales del trabajo para juzgar en conciencia, su procedimientos y resoluciones son irrevocables por cualquiera otra autoridad, esa soberanía debe entenderse limitada por la Constitución General de la República y, por consiguiente, en contra de tales resoluciones, procede el recurso de amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2918/35. Felman Simón. 11 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Octavio M. Trigo.