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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382268
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3718
TRABAJO, CAUSAS DE REVISION DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3718
Si se alega que es causa de rescisión de un contrato de trabajo, cualquier motivo que tuviera por origen actos ejecutados por el trabajador, en perjuicio de la persona del patrono, de sus familiares o de sus intereses, y una Junta de Conciliación y Arbitraje tiene por comprobado que un portero estuvo en la cárcel, por haber reñido en la misma casa en que prestaba sus servicios, y que varias ocasiones fue detenido por ebrio y escandaloso, quedando esos hechos comprendidos en la fracción XVI del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, no pueden tenerse en consideración tales alegaciones, si se desconoce el valor que la Junta dio a la prueba testimonial, a la confesión del actor, y especialmente, a la que hubiera arrojado la confesión de la parte demandada.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4936/35. Pliego viuda de Haghenbeck Paz. 15 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Alfredo Iñárritu.