Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/382274
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
382274
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1432

FERROCARRILEROS, ANTIGÜEDAD DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1432

Precedentes

Amparo 7141/35. Sociedad de Mecánicos y Ayudantes Ferrocarrileros Mexicanos y coagraviados. 19 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XLVI, página 3728. Amparo en revisión en materia de trabajo 1835/35. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 15 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Xavier Icaza.
Registro digital (IUS): 382274