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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3733
FERROCARRILES, INCAUTACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3733
Antes de que el gobierno procediera a la incautación de los ferrocarriles, los mismos estaban administrados y dirigidos por la compañía a la que pertenecen, por lo que es inconcuso que tal sociedad tenía el carácter de patrono, respecto de los obreros y empleados que le prestaban sus servicios, toda vez que éstos laboraban en la misma, bajo la dirección y dependencia de los representantes de aquélla, y mediante el pago de sueldos y salarios convenidos. Al incautarse el gobierno las líneas nacionales, éstas fueron administradas y dirigidas por el personal que nombró el propio gobierno, el cual comenzó a pagar los sueldos y salarios devengados por los obreros y empleados que prestaban sus servicios en las expresadas líneas, y si por el patrono debe conceptuarse a la persona que dirige y administra una negociación cualquiera, pagando a sus obreros y empleados los salarios y sueldos correspondientes, es inconcuso que desde que comenzó la incautación de que se trata, la dirección y administración que tenía la compañía de los Ferrocarriles Nacionales de México, pasó al Gobierno Federal y, siendo esto así, resulta que mientras duró dicha incautación, la indicada empresa no tuvo el carácter del patrono.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1125/35. Ferrocarriles Nacionales de México. 15 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Xavier Icaza.