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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4201
LEYES VIOLADAS, PRECISION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4201
Si no se indica cuáles son las leyes que están en pugna con lo resuelto en un laudo, no ha lugar a considerar que se ha violado el artículo 593 de la Ley Federal del Trabajo, pues no se puede entrar al estudio de una cuestión tan vagamente propuesta, sin que obste para hacer esa declaración, la circunstancia de que estén expresadas en la demanda de amparo, todas las disposiciones de la ley, con las cuales se dice que está en contradicción el laudo recurrido.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5604/34. United Sugar Companies, S. A. 21 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ponente Xavier Icaza.