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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4491
LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4491
Si la parte demandada no opone ante la Junta, la excepción de prescripción, al declararse en el laudo, prescritos los salarios anteriores en un año, a la fecha de la demanda, se infringe el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que, por ese concepto, debe concederse la protección federal.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2043/35. Jurado Celedonia. 26 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.