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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382326
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4517
AMPARO, TRAMITACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4517
Si no se expresan conceptos de violación en una demanda de amparo y, por lo mismo, sólo supliendo la deficiencia de la queja, se puede entrar al estudio del acto reclamado, sin que valgan los argumentos del quejoso en sus agravios, porque no fueron materia de la demanda, resulta que no obstante que se menciona entre dichos agravios, la violación del artículo 648 de la Ley Federal del Trabajo, como infringido, al desechar una tercería de preferencia, debe negarse la protección federal, por tal concepto se solicite.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5652/33. Pozo y Llana Eduardo M. del y coagraviado. 26 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.