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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5822
CONTRATOS DE TRABAJO, CONDICIONES NULAS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5822
Si de acuerdo con diversos preceptos constitucionales, se establece que la fijación del salario a un trabajador, es una condición nula en el contrato de trabajo que celebró con la empresa y, en consecuencia, estimándose nula dicha condición, se concluye la improcedencia de la excepción de prescripción opuesta, pues atentos los términos del inciso b) de la fracción XXVII del artículo 123 constitucional, la cláusula del contrato en la que se estipuló el salario del trabajador, adolece de nulidad absoluta, pues es contraria a los dispuesto por la fracción VII del mismo precepto constitucional, en la que se determina que para trabajo igual, debe corresponder salario igual, tratándose de una disposición de orden público, es claro que no puede eludirse su cumplimiento por el solo transcurso del tiempo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3928/35. La Hormiga, S. A. 9 de diciembre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfredo Iñárritu y Vicente Santos Guajardo. Relator: Xavier Icaza