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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382422
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5947
PERSONALIDAD EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5947
Si no aparece en el expediente que se sigue ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, que la persona que se presenta como apoderado del quejoso, justifique su personalidad como tal apoderado, sino que sólo dice ser empleado de la negociación del patrono que ha sido demandado, o que tiene el carácter de agente general de la negociación, en la cual presta sus servicios dicha persona, es indudable que carece de personalidad para el efecto de que se le hubiesen hecho las notificaciones del laudo dictado en el conflicto y menos para que se le hubiese requerido del pago en ejecución de dicho laudo, pretendiéndose con tal procedimiento irregular, llevar a cabo el embargo respectivo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3883/34. Giorgio Joseph Di. 10 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Salomón González Blanco.