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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 144
PATRONO, REPRESENTACION DEL, EN JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 144
Si se alega que fue perjudicado un patrono, porque un letrado estaba apersonado como apoderado suyo y que no continuó haciendo gestiones en ese asunto, en el que se presentó otra persona, apersonándose en el juicio como apoderado jurídico, tal hecho en nada puede significar perjuicio para el referido patrono, si consta que no revocó el poder conferido al que primeramente se presentó en el juicio, con el carácter de apoderado, sino que solamente debe estimarse que tuvo dos apoderados en el juicio, lo que implica mayor amplitud en su defensa, y no una violación de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3686/26. Campeche Mahogany Corporation. 3 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.