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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 468
CONFLICTOS INTEGRALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 468
No es de tomarse en consideración, para negar la suspensión, las alegaciones que se hagan, diciendo que el acto reclamado interesa a la sociedad, si en esencia dicho acto se refiere a una contienda entre particulares, aunque se trate de gremios, cosa a la que es ajena el interés social.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 6382/34. Ferrocarriles Nacionales de México. 8 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.