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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 661
DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 661
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje ordena la compulsa de constancias que obran en otro expediente, distinto del en que está actuando, no comete violación alguna, ya que así puede hacerlo, al dictar la práctica de diligencias en calidad de para mejor proveer y en ejercicio de la facultad que le concede el artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, de donde se infiere que aquella orden no puede constituir violación de garantías individuales.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 15300/32. Bravo Javier. 11 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.