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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 722
VACACIONES DE LOS TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 722
Aun cuando un obrero demuestre que estuvo durante varios años al servicio del patrono, no pueden tener aplicación los artículos 82 y 5o., transitorio, de la Ley Federal del Trabajo, si no se comprueba, por el trabajador, que no gozó e vacaciones y que no tenía derecho a ellas, si el patrono niega ese punto de la demanda, pues habiendo negado, al trabajador corresponde demostrar que, efectivamente, nunca se le habían otorgado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 11824/32. Hurtado Clementina. 12 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.