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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1092
HUELGAS EN LOS FERROCARRILES NACIONALES, RECONOCIMIENTO DE LA PARTICIPACION DE LOS OBREROS EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1092
Si se alega que una Junta de Conciliación y Arbitraje amplia las pruebas del actor, desde el momento en que el obrero no comprueba haber sido huelguista, para saber si le era aplicable la circular número 64, expedida por la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, no es de admitirse esa alegación, si la citada empresa conviene en ese hecho, por aparecer que en la contestación de la demanda manifestó que el obrero, al secundar la huelga, perdió sus derechos, sin que obste el que haya negado dicha demanda, pues al oponer esa excepción, implícitamente reconoció la participación del obrero reclamante en la huelga.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1934/34. Ferrocarriles Nacionales de México. 19 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.