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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1580
CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, REQUISITOS PARA LA CELEBRACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1580
Si un contrato colectivo de trabajo en que unos trabajadores fundan su acción, fue celebrado antes de la vigencia del actual Ley Federal del Trabajo, es claro que el artículo 45 de la citada ley, no puede aplicarse a dicho contrato, pues tal aplicación sería retroactiva, perjudicaría a los mismos trabajadores y se violaría el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4206/34. Bautista Pérez Ernesto y coagraviado. 25 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.