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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382571
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1894
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, FACULTADES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1894
Si se alega que una Junta de Conciliación y Arbitraje carece de facultad para imponer a las partes prestaciones que la ley no les impone, pero no se puntualizan esas prestaciones, resulta que no hay materia para entrar al estudio de una cuestión que no se propone con la debida claridad, y por consiguiente, es injustificado el concepto de violación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1812/30. "La Suiza", Lodigiani Hermanos, S. A. 29 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Relator: Octavio M. Trigo.