Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/382703
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382703
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3742
HORAS EXTRAS, PRUEBAS RELATIVAS AL TRABAJO EN.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3742
Si unos testigos, con los que pretende comprobar un trabajador que trabajó horas extras extraordinarias, se limitan a decir que les consta que aquél salía de su trabajo después que ellos, y de allí deducen que trabajaba tiempo extraordinario, pero no se determina, por esas declaraciones que, efectivamente, aquél seguía trabajando después de que los declarantes se retiraban de sus labores, ni éstos precisan el tiempo de ese trabajo, debe concluirse que la Junta está en lo justo, si declara en su laudo, que tal prueba testimonial no es bastante para comprobar que, en efecto, el obrero estuvo trabajando el tiempo extraordinario que reclama, y por tanto, absuelve el patrono de la reclamación que por tal concepto se le hace.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2979/35. Riquelme David. 27 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Octavio M. Trigo.