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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5348
EBRIEDAD, COMPROBACION DEL ESTADO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5348
Como el hecho de que una persona se encuentre en estado de ebriedad, puede apreciarse fácilmente, una Junta de Conciliación y Arbitraje está en lo si estima que las declaraciones que rinden unos empleados del patrono, han demostrado que el obrero se presentó en ese estado a su trabajo; y no es necesario que se justifique esa circunstancia con certificados médicos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3487/35. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 19 de septiembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.