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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 508
ACCIDENTES DE TRABAJO, INDEMNIZACION POR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 508
Basta que se pruebe la existencia del contrato de trabajo, y que el accidente sufrido por el trabajador haya acaecido durante el tiempo en que el mismo prestaba sus servicios, para que se justifique el derecho a la indemnización.
Precedentes
Tomo XLIV, página 5141. Indice Alfabético. Amparo 2168/33. Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLIV, página 508. Amparo en revisión en materia de trabajo 221/33. Ferrocarriles Nacionales de México, S. A. 6 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.