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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382959
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1008
TRABAJADORES, EQUIPOS DE PROTECCION PARA LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1008
De conformidad con lo prevenido en el artículo 111 de la Ley Federal del Trabajo, los empresarios tienen la obligación de proporcionar los materiales y útiles necesarios para los obreros; pues la excepción de que habla la fracción VII del mismo artículo, solamente se refiere al uso de herramienta propia, por parte de los trabajadores; pero el equipo de protección necesario para la seguridad de los trabajadores de las minas, no puede considerarse dentro de esa excepción.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3372/33. Compañía Metalúrgica Mexicana. 15 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.