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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1013
HUELGAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1013
Conforme a la fracción XVIII del artículo 123 de la Constitución, las huelgas podrán considerarse ilícitas, únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerzan actos violentos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 14630/32. Fernández Lizama Manuel. 15 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.