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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1102
SENTENCIAS DE AMPARO, EN EL PUNTO NO RECURRIDO, QUEDAN FIRMES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1102
Si no se recurre un punto resolutivo de la sentencia del Juez de Distrito, no puede estudiarse aquél por la Suprema Corte de Justicia, y debe considerarse firme.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 928/33. Barberena Ernesto N. 16 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Salomón González Blanco.