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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1209
TRABAJADORES, PRERROGATIVAS A FAVOR DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1209
Si bien es verdad que el artículo 13, transitorio, de la Ley Federal del Trabajo, establece que los reglamentos, contratos de trabajo individuales y colectivos, así como cualesquiera otros convenios que establezcan derechos, beneficios o prerrogativas en favor de los trabajadores, inferiores a los que concede la propia ley, no producirán en lo sucesivo efecto legal alguno, entendiéndose sustituidos por los que la misma establece, también lo es que tal artículo sólo se refiere a los reglamentos, contratos, convenios, etcétera, que estuvieran rigiendo en el momento en que entró en vigor la Ley Federal del Trabajo, pero no a los ya insubsistentes con anterioridad a su promulgación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6297/34. Uribe José B. 17 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.