Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/383024
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2078
TRABAJO, INCIDENTES DE LIQUIDACION, RELATIVOS A LAUDOS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2078
Si en un laudo se condenó a una empresa demandada a jubilar a un obrero, con el cincuenta por ciento del sueldo del empleo que haya desempeñado en los dos últimos años, sin fijar la cantidad que debe percibir, es indudable que para hacer tal determinación, se hace indispensable promover un incidente de liquidación que al ser resuelto, lejos de modificar el laudo, se traduce en la aplicación del mismo; y es claro que durante la tramitación del incidente, las partes tienen el derecho de ofrecer las pruebas que estimen necesarias; pues, de otro modo, resultaría imposible fijar el importe de la jubilación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5041/34. Empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, S.A. 2 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.