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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2311
TRABAJADORES, REINSTALACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2311
Es improcedente la suspensión contra el laudo de una Junta que condena a la reinstalación de un trabajador en su puesto, ya que la sociedad y el Estado tienen interés en que las resoluciones de los tribunales del trabajo, condenando a un patrono a reinstalar a un obrero, sean cumplidas a la mayor brevedad posible.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto de suspensión 601/35. Galico León. 6 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.