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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383061
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2492
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2492
Teniendo las Juntas de Conciliación amplia soberanía para apreciar las pruebas en conciencia, los Jueces Federales no pueden lesionar aquélla, sustituyendo su criterio al de las Juntas.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1028/34. García Pujol Fausto. 8 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.