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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383075
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2605
SINDICATOS, DESISTIMIENTO DE LA ACCION INTENTADA EN FAVOR DE UNO DE SUS AGREMIADOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2605
Si el sindicato está facultado en los estatutos, debidamente protocolizados, para desistirse de las acciones que intente en nombre de sus agremiados, es evidente que puede desistirse; pero es también cierto que este desistimiento puede causar perjuicios al agremiado, en cuyo caso le compete la acción de nulidad del desistimiento, y sólo puede interponer el amparo contra la resolución que se dicte en el juicio de nulidad.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 14613/32. Venegas Pearce Eduardo. 10 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.