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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3020
PRUEBAS, ESTIMACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3020
Si en la demanda de amparo no se reclama que se hubiesen dejado de apreciar las pruebas ofrecidas por el quejoso, ni existe comprobación alguna a ese efecto, es infundado alegar que si bien las Juntas de Conciliación y Arbitraje son soberanas para estimar el valor de las pruebas, no pueden pasar inadvertidamente sobre las rendidas por algunas de las partes.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6608/33. Cordero J. Natividad. 16 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Iñárritu.