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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3660
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, EXCEPCIONES NO OPUESTAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3660
Es injustificado el agravio que se funda en que la Junta de Conciliación y Arbitraje no tuvo por comprobada determinada excepción, si no se justifica que esa excepción fue opuesta oportunamente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 762/35. Gutiérrez Julián y coagraviado. 25 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.