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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3816
INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL, CONTRA ELLAS ES IMPROCEDENTE LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3816
Es improcedente conceder la suspensión contra los efectos de un laudo que condena al pago de las indemnizaciones por muerte originada por accidentes de trabajo o enfermedad profesional, porque tales indemnizaciones se equiparan a pagos de alimento, dada su naturaleza, ya que están establecidas para que las personas que dependían económicamente del trabajador, satisfagan sus más imperiosas necesidades, y en consecuencia, la sociedad y el Estado están interesados en su inmediato cumplimiento.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo, revisión del incidente de suspensión 235/935. "Algodones del Norte", S.A. 28 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.