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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383178
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4097
DESISTIMIENTO ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4097
Para que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso primero adicional del artículo 3o. del Reglamento de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, se pueda tener por abandonada una acción ante las mismas, es preciso que el interesado lo solicite, ya que la Junta no puede hacer de oficio, semejante declaración.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2012/34. Compañía de Combustibles de "Agujita", S. A. 31 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.