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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4097
JUNTAS, ESTIMACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4097
Siendo soberanas las Juntas de Conciliación y Arbitraje para la apreciación de las pruebas, los Jueces de Distrito no tienen facultades para sustituirse en el criterio de aquéllas para hacer tal apreciación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2012/34. Compañía de Combustibles de "Agujita", S. A. 31 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.