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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383187
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4138
EJECUTORIAS DE AMPARO, CUMPLIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4138
Si concedido un amparo, para el efecto de que no se fallara sin que antes fueran debidamente oídos los interesados, aparece que al darse cumplimiento a la ejecutoria respectiva, los presuntos agraviados se rehusaron a recibir notificaciones y emplazamientos y a concurrir a las audiencias correspondientes, como sólo es imputable a los expresados recurrentes, el que no hubieran hecho valer sus derechos en tiempo y forma, ninguna violación se ha cometido, ya que se les proporcionaron los medios legales para que ejercitaran su acción, en la forma prevenida por las leyes.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4052/33. Sindicato de Electricistas de Oaxaca. 1o. de junio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.