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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383208
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4369
DESCANSOS NO CONCEDIDOS, RETRIBUCION POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4369
Si al formular su demanda un obrero, en contra del patrono, refiere que nunca se le concedió el descanso necesario que le correspondía, tal afirmación la hizo sin duda alguna, con la intención de que se tomase en cuenta para preciarse si alguna retribución le correspondía por los descansos que no se le concedieron y, por tanto, la Junta ante quien se haga tal reclamación, debe fallar resolviendo si es o no procedente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6852/34. Brito Francisco. 4 de junio de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.