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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4564
PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4564
Si para contestar unos interrogatorios que se hacen a unos testigos, se requieren conocimientos técnicos, propios de una prueba de carácter pericial, y por esto, las declaraciones hechas por aquellos testigos no se toman en consideración, ninguna infracción se comete, aparte de que la apreciación de la prueba testimonial, constituye el ejercicio de una facultad exclusiva del juzgador.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4392/34. Compañía Minera "Asarco", S. A. 7 de junio de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.