Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/383234
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4564
SALARIO MINIMO VITAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4564
Si aparece de una copia certificada, que la fijación de salario mínimo en determinado lugar, se estableció sin tener en cuenta a determinada clase de trabajadores, sino con apego estricto a las condiciones y circunstancias exigidas por las leyes, no puede decirse que se fijó ese salario mínimo, sólo para cierta clase de trabajadores, sino que se fijó un salario mínimo vital.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4392/34. Compañía Minera "Asarco", S. A. 7 de junio de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.