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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 5085
LAUDOS, INCONGRUENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 5085
Si un laudo pronunciado por la Junta de Conciliación y Arbitraje, se omite examinar la alegación hecha por un trabajador, relativa a su separación injustificada del trabajo, resulta incongruente tal laudo y fundada la violación que por tal concepto se reclame, procediendo, en consecuencia, conceder al quejoso la protección federal para el efecto de que la Junta respectiva dicte nuevo laudo, en que se resuelva sobre el despido injustificado de que el reclamante se queja.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5820/33. Coca Ramón. 14 de junio de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.