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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 229
RENTAS, CALCULO DE LAS, ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 229
El dictamen que de un empleado del Departamento Central, sobre las rentas que produce determinada finca, no puede considerarse como una información testimonial, sino como una prueba pericial, ya que se requieren conocimientos especiales sobre la productividad de los inmuebles y también sobre el costo de la vida, en tanto que la prueba testimonial se concreta siempre a hechos sobre cuya existencia declaran los testigos y no a la estimación que se hace sobre determinado asunto, de acuerdo con conocimientos especiales y aun cuando el actor haya confesado determinado producto, las Juntas de Conciliación ninguna garantía violan si atienden a la prueba rendida por el dictamen pericial y no considera la de la confesión.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4365/34. Porraz Refugio y coagraviado. 3 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.