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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 339
AMPARO CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 339
El amparo contra una ley en general, únicamente procede cuando los preceptos de ella adquieren, por su sola promulgación, el carácter de inmediatamente obligatorios, con los que pueden ser el punto de partida para que se consumen, posteriormente, otras violaciones de garantías; pues de no existir esa circunstancia, el amparo es improcedente, y sólo procede intentarlo contra los actos ejecutados en cumplimiento de esa ley.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2840/35. Rementería Jesús y coag. 24 de enero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.