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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 389
COMPETENCIA JURISDICCIONAL DE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 389
Las decisiones que pronuncien las Juntas de Conciliación, estableciendo su competencia jurisdiccional, son reclamables en la vía de amparo, en virtud de que, con tales decisiones, pueden cometerse violaciones a las leyes del procedimiento, que no pueden ser reparadas en la sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2445/25. Peña de Toledo Concepción de la y coags. 25 de enero de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.