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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1050
OBREROS REDUCIDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1050
Sin desconocer que las condiciones de un obrero reducido y las de un cesado, respecto de un patrono, son diferentes, es indudable que el obrero reducido que queda, de momento, carente de trabajo, es, en términos estrictos, un obrero cesante, puesto que se encuentra sin medios ni recursos de subsistencia, durante el tiempo indefinido en que ha de permanecer sin ocupación. Procede, pues, condenar el patrono al pago de la indemnización correspondiente, en caso de reducción de un obrero.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2898/34. Cardona Pedro. 13 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.