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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383349
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1113
JUNTAS DE CONCILIACION, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1113
Si un expediente ofrecido como prueba, tiende a demostrar que los actores eran trabajadores al servicio del demandado, y la Junta de Conciliación y Arbitraje, en su laudo, tiene por comprobado aquel hecho y absuelve por otras consideraciones, la prueba ofrecida es innecesaria, y la Junta pudo dictar el laudo sin recibirla, puesto que con ello no causa a los quejosos, ningún perjuicio.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3567/34. Luis Cortés y coags. 14 de febrero de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Disidente: Salomón González Blanco. Ponente: Alfredo Iñárritu.