Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/383380
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383380
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1612
SINDICATOS, PERSONALIDAD JURIDICA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1612
De acuerdo con el artículo 460 de la Ley Federal del Trabajo, los sindicatos tienen personalidad para promover juicio de amparo a nombre de sus miembros; y la circunstancia de que los directamente perjudicados, hayan hecho suya la demanda, apersonándose en el juicio, no puede significar que se trata de una nueva demanda.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4381/34. Sindicato de Trabajadores de la Colgate Palmolive Peet, S. A. 26 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.