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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2234
TRABAJADORES, PREFERENCIA DE LOS CREDITOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2234
La tesis que establece la preferencia del crédito de los trabajadores de una negociación fallida, por salarios o por sueldos devengados en el último año, y por indemnizaciones, y que se funda en lo que estatuye la fracción XXIII del artículo 123 constitucional, es una cuestión indiscutible; pero esa tesis no tiene aplicación cuando el crédito de un tercero, sobre el cual podría existir la preferencia del crédito de los obreros, ya se ha extinguido por el pago.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4954/34. Banco Mercantil de Monterrey, S. A. 8 de marzo 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.